TEEM anula planilla de Morena en Atlautla y 17 candidaturas al PT

TEEM anula planilla de Morena en Atlautla y 17 candidaturas al PT


TOLUCA, Edomex. (apro).- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) anuló la totalidad de la planilla de Morena a la alcaldía de Atlautla, encabezada por Marcos Bautista Hernández, y revocó 17 candidaturas del Partido del Trabajo (PT). 

En Atlautla, los magistrados indicaron que la planilla morenista registrada ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) ni siquiera participó en el proceso interno; mientras, en los casos del PT consideraron que no se respetaron los procedimientos de designación establecidos por el instituto político. 

Entre las modificaciones a las planillas petistas, destaca la nulidad de la postulación del candidato a la alcaldía de Nezahualcóyotl, Marcelino Velázquez Cano; mientras, en Metepec, los magistrados locales “bajaron” al candidato a primer regidor, Josué Sánchez Jiménez. 

También se anularon regidurías petistas en Naucalpan, Tlalnepantla, Huixquilucan, Atizapán de Zaragoza, Cuautitlán Izcalli, Coacalco, Nicolás Romero, Chicoloapan, Los Reyes La Paz, Texcoco, Zumpango, Teotihuacan, Santiago Tianguistenco, Texcalyacac, Tezoyuca y Tonatico. 

Estas decisiones se tomaron tras el análisis de los Juicios del Ciudadano Local 121, 122, 124, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 170, 171, 173, 205 y 206, todos de este año, que impugnaron los acuerdos 91 y 94 del Consejo General del IEEM, en los que se aprobaron las candidaturas revocadas. 

En todos los casos, impugnaron militantes del PT que se ostentaron como precandidatos a diversos regidurías y presidencias municipales. Los agravios hechos valer en los distintos medios de impugnación fueron declarados fundados, al acreditarse violación a sus derechos político-electorales con la sustitución de candidaturas. 

El pleno del Tribunal consideró que los órganos internos del PT faltaron a la certeza y legalidad al incumplir con los parámetros establecidos en su normativa interna para declarar desierto el proceso interno de selección de precandidaturas en los casos impugnados y designar abanderados que no pasaron por los filtros jurídicos establecidos. 

Tampoco, indicaron, lo hicieron del conocimiento oportuno y preciso de la militancia, de manera que los magistrados revocaron los acuerdos impugnados; además, ordenaron a las dos fuerzas políticas involucradas reponer el procedimiento de selección, designación y registro de abanderados. 





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