La Secretaría de Salud anunció la disponibilidad del Certificado Electrónico de Discapacidad (Cedis) a través del Subsistema de Información sobre Discapacidad (Sidis), permitiendo a las personas con discapacidad obtener este documento de manera electrónica.
El Cedis se expide a través del Sidis, parte del Sistema Nacional de Información en Salud (Sinais), destinado al registro y valoración de la discapacidad. Este subsistema incluye datos sociodemográficos, evaluación de la actividad y participación, identificación de deficiencias y barreras ambientales.
Proceso de obtención del Cedis
- Accede al formato del Certificado Electrónico de Discapacidad (Cedis) a través del enlace proporcionado.
- Los centros de valoración de discapacidad y expedición del Cedis son los encargados de realizar el registro de la información derivada del proceso de valoración de la persona con discapacidad. Esto debe llevarse a cabo por profesionales de la medicina o personas autorizadas por la autoridad sanitaria.
- El documento incluirá información relevante, como la Clave Única de Registro de Población (CURP), porcentaje de discapacidad, ayudas técnicas utilizadas, tipo de apoyo, nombre y firma electrónica del profesional de la medicina o persona autorizada, y la vigencia del certificado.
- La autenticidad y validez del Cedis pueden comprobarse mediante la verificación del código de barras bidimensional (QR) presente en el certificado.
Consideraciones importantes para obtener el Cedis
En su comunicado, la Secretaría de Salud del Gobierno Federal precisó que únicamente personas profesionales de la medicina o con permiso de la autoridad sanitaria pueden expedir este documento electrónico.
Además, los responsables, encargados y usuarios del Sidis deben evitar la alteración, transmisión no autorizada y acceso no autorizado de la información del Cedis, garantizando su manejo cuidadoso.
La reimpresión del Cedis se obtiene en un centro de valoración y se entrega a la persona a quien se haya expedido, o a su apoyo, tutor, representante legal o quien ejerza la patria potestad.
Una vez emitido el Cedis, solo puede modificarse en el apartado “de la persona” y no en la valoración realizada.