Endeudamiento público y división de poderes

Endeudamiento público y división de poderes


 

Ciudad de México (Proceso).– AMLO, un presidente de la República que prometió no endeudar al país, ha faltado a su palabra. En esta materia, como en muchas otras, se olvidó de sus promesas, tanto públicas, como reiteradas. Ser fementido es su fuerte; lo hace solo y acompañado. En lo relativo a endeudamiento lo está haciendo en complicidad de su gabinete y con la complacencia de legisladores, tanto de Morena como del Verde y del Trabajo.

AMLO, por razón del proyecto de paquete hacendario, está a punto de comprometer el futuro de muchas generaciones. De nueva cuenta, está haciendo lo que prometió no hacer: endeudar el país. Si cuando lo prometió no sabía lo que decía, fue una irresponsabilidad. Si lo sabía y, a pesar de ello, lo prometió, suena a un vil engaño que raya en delito; estaría comprendido en aquello “… y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande”. (art. 87 constitucional).

Respecto del Poder Judicial también ofreció: “… no habré de entrometerme, de manera alguna, en las resoluciones que únicamente a ustedes competen y que mi gobierno no tendrá palomas mensajeras ni halcones amenazantes …”

Yo lo oí cuando lo dijo. Estaba entre el público en la ceremonia en la que el Tribunal Electoral del Poder Judicial lo declaró presidente electo. Ha faltado a su promesa: las reuniones que reconoce tuvo con algunos ministros, a no dudarlo, son palomas mensajeras; y los ataques a los ministros, magistrados y jueces, que cada día son más frecuentes, son picotazos de buitres y zopilotes, que no llegan a halcones, puesto que estos no son carroñeros. 

AMLO ha propuesto a la Cámara de Diputados una deuda pública que no reconoce precedente; tampoco existe posibilidad de que sea pagada. Sus proyectos faraónicos, que no funcionan ni reditúan ingresos, cuyos costos exceden lo calculado, pero que ya fueron inaugurados, lo exigen.

El sistema normativo relativo a materia hacendaria y las instituciones que intervienen tiene particularidades. Me refiero al de índole constitucional. Los preceptos que lo regulan deberían están muy lejos de ser un simple formalismo que hay que cubrir o un trámite que se debe agotar, como sucedió durante los gobiernos priistas y lo está siendo durante la 4T.

Ramírez de la O. Paquete hacendario. Foto: Miguel Dimayuga

El sistema normativo constitucional, en el fondo, fue tomado por los legisladores mexicanos de 1857 del sistema norteamericano; éste reconoce como fuente original el sistema inglés, en el que todo lo que tiene que ver con meter la mano en el bolsillo de los ciudadanos o con la sangre y vida de los habitantes del reino, debe comenzar en la Cámara de los Comunes; éstos eran y son los representantes de aquellos,

Siguiendo el remoto modelo inglés y el cercano norteamericano, por mandamiento de la Constitución Política, en materia hacendaria: impuestos, endeudamiento y presupuesto, la Cámara de Diputados tiene un papel determinante: debe ser cámara de origen.  Lo es por cuanto a que durante mucho tiempo se consideró que los diputados eran representantes de la población. Nada que ellos no aprueben puede ser estudiado, discutido y aprobado por la Cámara de Senadores.

En materia de presupuesto, que implica el gasto público, la Cámara de Diputados es la que tiene la primera y última palabra en cuanto a su trámite y aprobación. Ciertamente lo elabora la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para evitar precipitaciones en materia hacendaria, la Constitución fija límites a la presentación de las iniciativas ante la Cámara de Diputados. También fija fechas máximas para que las instituciones que integran el paquete hacendario sean aprobadas, tanto por la Cámara de Diputados, como por el Senado.

Para el presupuesto anual, la Constitución determina lo siguiente:

“El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, … La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre”. (art. 74, frac. IV).

Ciertamente el presupuesto, una vez que se inicia su aplicación, puede ser modificado, en el caso la facultad de hacerlo corresponde al Congreso de la Unión: Cámara de Diputados y Cámara de Senadores (art. 126), esto es así por cuanto a que, como lo he afirmado en una colaboración anterior, por un error en el que incurrió la administración de don Sebastián Lerdo de Tejada, al hacer la reforma de 1874.

La actuación de AMLO a partir del 1 de diciembre de 2018 y durante todo lo que va de su sexenio, ha sido una serie sinnúmero de violaciones a la Constitución y de faltar a las promesas formuladas durante los 14 años que, en violación de la ley, duró su campaña para alcanzar la Presidencia de la República.

Los legisladores, por virtud de la disciplina partidista a que están sujetos, más votan como empleados que siguen instrucciones que reciben del Ejecutivo, que como representantes de la nación; más ejercen sus funciones cuidando sus intereses personales de sobrevivir en la política, que mirando en todo por el bien de la nación. Ese es un hecho. Por ello, como ciudadanos, debemos tener conciencia de esa circunstancia y ejercer con seriedad la responsabilidad que como electores tenemos.

Bancada de Morena. Disciplina partidista. Foto: Montserrat López

Llegado el momento, en el ejercicio electoral a celebrar en 2024, debemos exhibir a los legisladores al Congreso de la Unión que, faltando a su compromiso con los electores, aprobaron el endeudamiento descomunal que pesará sobre la ciudadanía y las próximas generaciones. Su sometimiento vergonzante y docilidad debe ser castigada con la no reelección.

Los diputados y senadores de Morena, Verde Ecologista y del Trabajo que aprueben el endeudamiento deben:

Ser exhibidos como lo que son: traidores a la confianza ciudadana, violadores de la Constitución y las leyes y remisos en el cumplimiento de sus obligaciones;

Ser increpados en los mítines, reuniones o asambleas en que se presenten para demandar el voto de la ciudadanía;

Ser castigados por su traición a la confianza pública; y

No ser reelectos e impedirles que vuelvan a ocupar un cargo público, tanto federales, locales y municipales.

Esos legisladores deben merecer el repudio público y el rencor ciudadano.

 





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