El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que, durante el periodo del 1 al 30 de abril de 2024, los contribuyentes personas físicas tendrán la oportunidad de presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Según el comunicado emitido por el SAT, aquellos contribuyentes que resulten con un impuesto a pagar podrán optar por liquidarlo en hasta seis parcialidades.
Esta medida será aplicable siempre y cuando los contribuyentes presenten su declaración en el plazo establecido, es decir, dentro del mes de abril de 2024, y realicen el pago de la primera parcialidad dentro de dicho periodo.
Según lo estipulado en el comunicado del SAT, se deben tener en cuenta ciertos aspectos:
- Las parcialidades deberán pagarse a más tardar el último día del mes al que correspondan, utilizando las líneas de captura generadas por el sistema al momento de presentar la declaración.
- Los formatos para el pago estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, bajo la opción “Impresión de acuse”. Los pagos se efectuarán en las instituciones de crédito autorizadas.
- Existe la posibilidad de realizar pagos anticipados.
- En caso de no cumplir con el pago de las parcialidades en tiempo y forma, se aplicarán recargos por falta de pago oportuno.
- La última parcialidad deberá ser cubierta a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos mencionados anteriormente.
Es importante recordar que la Declaración Anual 2023 de personas físicas es una obligación para diversos contribuyentes, entre los que se encuentran aquellos que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios, actividades empresariales, arrendamiento de bienes inmuebles, entre otros, según lo establecido en el comunicado del SAT.
Los requisitos para la presentación de la Declaración Anual incluyen contar con RFC, contraseña o firma electrónica, según lo especificado en el comunicado del SAT. Para obtener más información al respecto, se puede consultar el minisitio proporcionado por el SAT en http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2023/Paginas/index.htm.