Un nuevo año arranca y es importante conocer los días de descanso que se avecinan.
Las dos guías principales son el calendario oficial de la SEP y la Ley Federal del Trabajo.
Hay que tomar en cuenta que por ser año electoral hay dos fechas de descanso obligatorio adicionales:
*El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
*El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
*El miércoles primero de mayo, por el Día del Trabajo.
*Solo para estudiantes: El viernes 5 de mayo (Batalla de Puebla) y el lunes 15 de mayo (día del Maestro) no habrá clases.
*El domingo 2 de junio, por las elecciones.
*El 16 de septiembre, para conmemorar la Independencia.
*El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, aniversario de la Revolución.
*El 1 de octubre, cuando entre en funciones la nueva Presidencia de la República.
*El 2 de octubre no hay clases por el Día de Muertos, pero sí se trabaja.
*El 25 de diciembre por Navidad.
Quienes trabajen esos días tendrán derecho a que se les pague su salario normal y además un salario doble por el servicio prestado.