La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador y personal de Comunicación Social cometieron uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental durante la veda de los procesos de Coahuila y el Estado de México 2023.
La decisión se tomó por unanimidad de votos dentro de una sesión del Tribunal.
La controversia inició cuando el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Jorge Álvarez Máynez denunciaron al presidente de la República y al personal de Comunicación Social, porque consideraron que las expresiones de la conferencia matutina del 2 de junio actualizaron infracciones en materia electoral.
En esa conferencia, a dos días de las elecciones en Estado de México, AMLO respaldó a los punteros en encuestas y dijo que no es el grupo que hizo “fraude” en 2006 y 2012:
Aunque también por eso hablo de continuidad con cambio, continuidad en el proyecto, pero cambio en las mujeres, los hombres que dirigen el gobierno. No se pueden permitir cacicazgos, líderes morales.
Yo estoy muy contento porque en el proceso que viene está garantizada la continuidad porque, quienes aparecen los primeros lugares en las encuestas, todos son gentes serias, responsables, y eso pues lo que indica es que la gente está muy informada, y son los que van a decidir, es el pueblo, ya no es el grupo que nos hizo el fraude en el 2006 y también en el 2012, que se reunían, ¿no?, como 15 o 20 que se sentían los dueños de México, y esos echaban a andar campañas de desprestigio, guerra sucia, financiaban, traían expertos en publicidad del extranjero, pagaban a intelectuales, a los más famosos para hacer hasta documentales.
En su oportunidad, la Sala Regional Especializada determinó que las expresiones denunciadas difundieron logros de gobierno durante el periodo de veda electoral, asociados al presidente de la República. Además, estableció que se utilizaron recursos humanos y materiales indebidamente.
Por tanto, dio vista al Órgano Interno de Control para que imponga las sanciones correspondientes y ordenó la inscripción de las personas responsables, salvo el presidente de la República, en el Catálogo de sujetos sancionados en los procedimientos especiales sancionadores.
Respecto del presidente, si bien se determinó su responsabilidad, se señaló que le aplica un régimen de excepción.
En desacuerdo con lo anterior, Presidencia de la República acudió ante la Sala Superior. El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado José Luis Vargas, con la ausencia justificada del magistrado Indalfer Infante Gonzales, confirmó la sentencia cuestionada.
Se consideró que la Sala responsable fundó y motivó debidamente la actualización de cada una de las infracciones y que la inscripción en el Catálogo de sancionados es una herramienta para dar transparencia y publicidad a las sentencias de la Sala Regional Especializada (SUP-REP-486/2023 y acumulados).