Mirador Político | Suplentes: Jorge Alcocer V.

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Por Jorge Alcocer V.

El gobernador de Yucatán, Mauricio Vila, será registrado como candidato a senador suplente en el lugar 5 de la lista plurinominal del PAN, y también como candidato propietario en el lugar 7 de la misma lista. ¿Se vale?

Lo usual había sido que a los candidatos suplentes nadie les prestara mayor atención; formaban parte de un trámite legal. También era usual que cuando un candidato propietario competía en las dos pistas (mayoría y proporcional), el suplente era el mismo. A partir de 2018 una decisión del INE, avalada por el TEPJF, abrió la puerta a una situación que puede ser calificada de fraude a la ley.

La ley permite a los partidos políticos registrar, de manera simultánea, hasta 60 candidatos a diputado de mayoría relativa como candidatos plurinominales, y hasta 6 candidatos al Senado en ambas pistas. Cuando uno de ellos gana la votación, en su distrito o estado, es eliminado del reparto plurinominal y “se corre la lista” del partido respectivo. El problema surgió cuando un partido registró, y el INE lo aceptó, suplentes distintos para el mismo candidato propietario.

El criterio del INE y del TEPJF es, desde 2018, que, si el candidato propietario que compite en ambas pistas gana por mayoría y su suplente en la lista no es el mismo que en la fórmula de mayoría, este último debe ocupar el escaño o curul plurinominal, y su suplente será el candidato propietario colocado en el lugar inmediato siguiente al del último que tuvo derecho a entrar a la cámara respectiva. ¡Un suplente se vuelve propietario y un propietario entra de suplente del suplente!

Para dar carta de validez a tan singular galimatías la Sala Superior del TEPJF estableció que el candidato plurinominal suplente debe tomar el lugar del propietario, porque – dicen ellos- es un derecho político fundamental que se actualiza, es decir se ejerce, desde el momento en que el INE otorga el registro legal. Como apunte arriba, para resolver el detalle de tener senadores sin suplente por 6 años, se resolvió dar la calidad de senador suplente al candidato propietario mejor colocado, que no alcanzó a entrar. (SUP/REC-940/2018)

En realidad, lo que protegió el TEPJF no fue un derecho ciudadano, sino las maromas y componendas que hacen los jefes y dueños de cada partido para pagar favores o asegurar, a ellos mismos y sus allegados, escaños o curules.

Por esa situación es que en este año hay que revisar con lupa los suplentes de las fórmulas de candidatos plurinominales, tanto al Senado como a Diputados.

Vuelvo al caso del gobernador Vila. El candidato propietario en la fórmula en que el yucateco aparece como suplente es Enrique Vargas, panista del estado de México que el año pasado catafixió la candidatura a gobernador por la de senador, y para amarrar el escaño Vargas compite por ambas pistas. Será candidato a senador de mayoría en la primera formula de la alianza opositora en el estado de México, de tal manera que es alta su probabilidad de entrar -al menos- como senador de primera minoría (si quedara en el segundo lugar de votación), en cuyo caso, el gobernador Vila, que es su suplente en la lista, entraría de senador propietario. Pero para no correr el menor riesgo y amarrar tambien su futuro escaño, el yucateco pretende ser registrado también como propietario en el lugar 7 de la misma lista del PAN.

Pero, dice la ley que “a ninguna persona podrá registrársele como candidato a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral” (artículo 11 de la LGIPE). Ser candidato a senador suplente y a senador propietario, en diferentes fórmulas y en la misma lista, es una violación a la prohibición legal citada. A menos que una interpretación del TEPJF diga lo contrario.



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