Un juez en funciones de tribunal de enjuiciamiento absolvió a Juan Carlos García Rivera del delito de intervención ilegal de comunicaciones en agravio de la periodista Carmen Aristegui mediante el uso del software espía Pegasus.
En la última sesión del juicio contra el operador de Pegasus en el corporativo KBH, un conglomerado de empresas fantasma que vendió el spyware al gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto, el juez Luis Benítez Alcántara determinó que la Fiscalía General de la República (FGR) no presentó pruebas suficientes de que García Rivera haya sido la persona que espionaje Aristegui.
El juez de la causa reconoció que con las pruebas presentadas por la FGR a través de análisis forenses realizados por Citizen Lab sí se dio por acreditado la infección al teléfono de Aristegui y el espionaje en su contra.
Al dictar la sentencia, el juzgador federal desmontó la teoría del caso de la FGR, argumentando que el testigo protegido “Zeus” era un testigo de oídas o referencial que jamás imputó al acusado por operar Pegasus para poder espiar a Carmen Aristegui.
Por el contrario, para el juez especializado en el sistema penal acusatorio, las declaraciones de “Zeus” sólo aludieron a que vio un excel en el que había fotografías de sus familiares en un parque.
Además, dijo que la FGR tampoco presentó prueba alguna sobre este espionaje y el único archivo del que se sí acreditó la existencia fue el del espionaje contra Manuel Mondragón, quien no tenía calidad de víctima en este juicio.
En su resolución, el juez acusó a la FGR de haber roto la cadena de custodia al que estaba obligada, debido a que no conservó el teléfono de la periodista durante todo el proceso penal y a que se lo devolvió a Luis Fernando García el mismo día en que hizo un análisis pericial con fotografías.
Al romperse la cadena de custodia, según el argumento del impartidor de justicia, no se cumplió con uno de los requisitos que marca la ley para acreditar la existencia de un acto ilícito, puesto que no había objeto del delito.
La FGR incumplió con la carga procesal para demostrar el delito; por lo tanto, se dicta sentencia absolutoria y se ordena levantar la prisión preventiva en contra del acusado.
El juez advirtió que este fallo no implica dar carpetazo al caso Pegasus, ya que la FGR está obligada a continuar con la investigación, pero de forma exhaustiva y respetando todas las formalidades de la ley.
La FGR debe seguir investigando y este fallo no impone límites para continuar con la investigación en el caso Pegasus, no sólo para el caso de Carmen Aristegui, sino de todas las víctimas.