Alerta Observatorio Ciudadano sobre proyecto del TEPJF que otorga facultades extraordinarias a presidenta del INE

Alerta Observatorio Ciudadano sobre proyecto del TEPJF que otorga facultades extraordinarias a presidenta del INE


El Observatorio Ciudadano presentó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) un amicus curiae para cuestionar el proyecto de sentencia presentado por la ministra presidenta del  TEPJF, Mónica Aralí Soto Fregoso, en el cual se faculta a la actual titular del INE, Guadalupe Taddei, para poder designar de forma extraordinaria y directa a los principales funcionarios del organismo como el Secretario Ejecutivo.

El proyecto de sentencia relativo a los nombramientos de funcionarios del INE se analizará esta tarde  en el Pleno de la Sala Superior del tribunal, de acuerdo con el expediente SUP-RAP-388/2023 y acumulados.

A continuación, el pronunciamiento del Observatorio Ciudadano:

Estimamos que el proyecto de sentencia, que propone modificar sustancialmente el Acuerdo del INE/CG686/2023 por el cual se aprueba un mecanismo extraordinario para garantizar la oportuna integración y adecuado funcionamiento de los órganos centrales del INE, adolece de diversas incongruencias técnicas y no se ajusta al orden constitucional, legal y reglamentario aplicable, en virtud de lo siguiente:

La interpretación solo gramatical y estrictamente formalista que el proyecto de sentencia realiza de la normativa aplicable, propicia hacer disfuncional, y prácticamente nugatoria, la atribución constitucional y legal del Consejo General del INE en materia de nombramientos y faculta indebidamente a la Presidenta del Consejo General a realizarlos de manera unilateral.

La atribución conferida a la Consejera Presidenta para proponer a quienes deban ocupar la titularidad de la Secretaría Ejecutiva, las direcciones ejecutivas y las unidades técnicas del INE, está sujeta a la obligación de obtener la aprobación de una mayoría calificada de 8 consejeros electorales.

Cabe mencionar además que la ley atribuye al Consejo General la facultad de “vigilar la oportuna integración … de los órganos del Instituto”.

De ser aprobado en sus términos, el proyecto que se observa tendrá graves consecuencias jurídicas y políticas, entre otras convertir una facultad colegiada en una facultad unipersonal, no sujeta a la validación y vigilancia de los integrantes del Consejo General del INE. La facultad exclusiva de propuesta de la Consejera Presidenta no está en duda. Si lo está en cambio la pretensión de otorgarle facultades discrecionales no contempladas ni en la Constitución ni en la ley.

Por lo anterior, los integrantes del OBSERVATORIO CIUDADANO exhortamos a los magistrados y magistradas de la Sala Superior a considerar los argumentos expuestos en nuestro amicus curiae y, en su caso, modificar sustancialmente el proyecto de sentencia a fin de preservar y fortalecer el carácter colegiado del Consejo General, órgano superior de dirección del INE.



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